Condenan A 5 Años Y Un Día Y 819 Días De Presidio A Autor De Violencia Intrafamiliar
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Edmundo Dionel Fuentes Castro a las penas efectivas de 5 años y un día y 819 días de presidio, en calidad de autor del delito reiterado de desacato y lesiones menos graves, en contexto de violencia intrafamiliar. Ilícitos perpetrados entre junio y julio del año pasado, en la localidad de Nehuentúe, comuna de Carahue.
En fallo unánime (causa rol 38-2019), el tribunal –integrado por los magistrados Luis Sarmiento Luarte (presidente), Luis Torres Sanhueza (redactor) y Jorge González Salazar– aplicó, además, a Fuentes Castro las accesorias legales de prohibición de acercarse a la víctima por el plazo de dos años; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena por el desacato; las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de las costas del procedimiento por su responsabilidad en el delito de lesiones menos graves inferidas a su madre, en contexto de violencia intrafamiliar.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado, para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 14 de junio de 2018, la víctima se encontraba en su domicilio ubicado en la localidad de Nehuentúe, comuna de Carahue, en compañía de su hijo Edmundo Dionel Fuentes Castro, quien sin mediar provocación, procedió a golpear a su madre en diversas partes del cuerpo, causándole lesiones de carácter leve en antebrazo y muñeca.
En tanto, el 29 de junio de 2018, Fuentes Castro se trasladó hasta el domicilio de su madre, ubicado en Nehuentúe, “allegándose al mismo, quebrantando la prohibición de no acercarse que se le había ordenado cumplir por el plazo de dos meses en la causa RIT N° 620-2018 el 15 de junio de 2018, de la cual se encontraba notificado y apercibido de desacato”.
Finalmente, el 14 de julio de 2018, el condenado se trasladó, nuevamente, hasta el domicilio de su madre, inmueble al que ingresó, “quebrantando la prohibición de no acercarse a la víctima que se le había ordenado cumplir mientras se extienda la causa RIT N° 620-2018 el 15 de junio de 2018, de la cual se encontraba notificado y apercibido de desacato”.