Ya Es Ley Norma Que Obliga A Empresas De Telefonía Móvil Entregar Servicio Gratis Para Escuchar Radio
Este jueves se publicó en el Diario Oficial la denominada ley “Chip de Radio”, que dispone que las empresas de telecomunicaciones y quienes comercialicen teléfonos celulares en Chile, deberán habilitar y mantener activa la funcionalidad para escuchar radio en los teléfonos que cuenten con dicha opción, de manera gratuita y sin consumir datos.
La iniciativa, impulsada y patrocinada por el presidente de la Asociación de Radios de Chile (Archi), Eduardo Martínez y su mesa directiva, tuvo su origen en una moción de la senadora Ximena Órdenes, y contó con la participación de Francisco Chahuán, José Miguel Insulza, Yasna Provoste y Jorge Soria.
Según Señaló el presidente Nacional de Archi y gerente de Radio Universal, Eduardo Martínez esta ley obliga a las diferentes compañías de telefonía móvil a poner a disposición de los usuarios en forma gratuita caso de emergencia, agregando, “esta ley publicada en el diario oficial en el día de hoy (viernes) multiplica las opciones de escuchar radio en mas de 18 millones de celulares, de la marca que sea y de la compañía que sea, democratizando el tema, ya que hace que la radio pueda ser escucha libre y gratuita”.
Además Martínez agregó “esto hace que el auditor, no tenga que descargar una aplicación , gastar tus datos móviles, además si no tienes saldo, o el teléfono cortado, de todas formas vas a poder escuchar la radio, ayudando mucho en el tema de las emergencias, donde la radio pasa a ser el principal elemento de información, que es lo que estamos buscando hoy en día como gremio”, finalizó diciendo Eduardo Martínez, presidente Nacional de Archi.
De esta forma, el denominado proyecto “Chip de Radio”, en su artículo único la normativa señala que “los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones y quienes comercialicen equipos terminales móviles en el país deberán habilitar y mantener activa la funcionalidad de sintonización del servicio de radiodifusión de los equipos que la posean, cualquiera que sea el canal a través del cual sean comercializados.
Las condiciones de re-portabilidad, registro, homologación y demás necesarias para dar cumplimiento a la obligación referida se someterán a las normas que establezca la Subsecretaría, en relación con las exigencias que deban cumplir los terminales”.